Artículo 9. Coordinación ejecutiva de todos los Servicios de Prevención de Navarra por parte del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.
Artículo 9 del Decreto-ley Foral 3/2020, de 15 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19). · BOE-A-2020-4794
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-17.
Texto consolidado
1. El Servicio de Salud Laboral del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra ejercerá la coordinación ejecutiva de todos los servicios de Prevención, propios y ajenos, de Navarra, en relación con el COVID-19.
2. Las empresas y personas que desarrollan Trabajo Autónomo que no dispongan de Servicio de Prevención contarán con el asesoramiento del personal técnico del Servicio de Salud Laboral (ISPLN) y de las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.
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