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Decreto-ley Vigente

Artículo 9. Gradación de las sanciones.

Artículo 9 del Decreto-ley 30/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la COVID-19. · BOE-A-2020-12362

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-07.

Texto consolidado

Una vez calificadas las infracciones según la tipificación que hace esta Decreto ley, se tiene que imponer la sanción en grado mínimo, medio o máximo, de acuerdo con los criterios siguientes:

a) La negligencia y la intencionalidad del sujeto infractor.

b) La cuantía del eventual beneficio obtenido.

c) La gravedad de la alteración sanitaria y social producida.

d) El incumplimiento de los requerimientos o las advertencias previos por cualquier medio.

f) El número de afectados.

g) La duración de los riesgos.

h) La existencia de reiteración o reincidencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-08-07.

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