Artículo 9. Gradación de las sanciones.
Artículo 9 del Decreto-ley 30/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la COVID-19. · BOE-A-2020-12362
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-07.
Texto consolidado
Una vez calificadas las infracciones según la tipificación que hace esta Decreto ley, se tiene que imponer la sanción en grado mínimo, medio o máximo, de acuerdo con los criterios siguientes:
a) La negligencia y la intencionalidad del sujeto infractor.
b) La cuantía del eventual beneficio obtenido.
c) La gravedad de la alteración sanitaria y social producida.
d) El incumplimiento de los requerimientos o las advertencias previos por cualquier medio.
f) El número de afectados.
g) La duración de los riesgos.
h) La existencia de reiteración o reincidencia.
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