El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Derogada

Artículo 9. Generación de créditos.

Artículo 9 del Decreto-ley 3/2021, de 12 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. · BOE-A-2021-9286

Atención: Decreto-ley 3/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se autoriza a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores para que genere los créditos necesarios en las secciones presupuestarias correspondientes para la ejecución de las medidas previstas en este Decreto Ley, en el Real Decreto Ley 36/2020, y, en general, en el resto de instrumentos jurídicos normativos o no normativos que impliquen un gasto a cargo del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears imputables a cualesquiera de los fondos integrantes del instrumento europeo de recuperación.

A estos expedientes se les debe aplicar lo establecido en las letras a) y e) del artículo 7.3 de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2021.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-14.

Más artículos de Decreto-ley 3/2021

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 3/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.