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Decreto Legislativo Vigente 3 redacciones

Artículo 9. Régimen de liquidación e ingreso.

Artículo 9 del Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. · BORM-s-2004-90027

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Texto consolidado

La Administración practicará la liquidación de la tasa y la notificará al sujeto pasivo en el plazo máximo de seis meses, una vez transcurrido el periodo impositivo que será el trimestre natural.

En el caso de impago sucesivo de las liquidaciones ya devengadas, se podrá suspender temporalmente el servicio veterinario por inspección y control sanitario de animales y sus productos mientras dure la situación de impago.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-2039.

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