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Acuerdo Vigente

Artículo 9. Criterios de representación.

Artículo 9 del Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2005, de honores, tratamientos y protocolo en los actos judiciales solemnes. · BOE-A-2005-20840

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-20.

Texto consolidado

El que acuda en representación de una autoridad judicial superior a la de su propio rango, no gozará de la precedencia reconocida a la autoridad que representa, ocupando el lugar que le corresponda por su propio rango, salvo que el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial le confiera su representación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-20.

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