Artículo 9.4-5. Cuota.
Artículo 9.4-5 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.
Texto consolidado
El importe de la cuota es:
1. Prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio de formación profesional específica: 17,65 euros.
2. Prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio de las enseñanzas de artes plásticas y diseño: 17,65 euros.
3. Prueba de acceso de carácter general a las enseñanzas de régimen especial de técnico o técnica de deporte y a las formaciones deportivas de nivel 1: 17,65 euros.
4. Prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional específica: 28,40 euros.
5. Prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior de las enseñanzas de artes plásticas y diseño: 28,40 euros.
6. Prueba de acceso de carácter general a las enseñanzas de régimen especial de técnico o técnica superior de deporte y a las formaciones deportivas de nivel 3: 28,40 euros.
7. Prueba para alumnos que no tienen el requisito académico para acceder a las enseñanzas artísticas superiores: 33,75 euros.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público..