Artículo 89.
Artículo 89 del Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos. · BOE-A-2001-24079
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-20.
Texto consolidado
Los acuerdos de imposición de sanciones que adopte la Junta de Gobierno, resolviendo los recursos ordinarios, serán recurribles en vía contencioso-administrativa en la forma prevista en las disposiciones vigentes sobre la materia.