Artículo 89. Otros aspectos contables.
Artículo 89 de la Orden SCB/1240/2019, de 18 de diciembre, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles. · BOE-A-2019-18390
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-21.
Texto consolidado
Uno. Con base en los criterios establecidos en el Plan General de Contabilidad y normativa de desarrollo, la Organización creará en su balance, con cargo a los resultados del ejercicio, todas aquellas provisiones que sean necesarias para hacer frente a contingencias, riesgos y responsabilidades futuras.
Dos. El Consejo General podrá adoptar mecanismos específicos dentro del patrimonio neto para cubrir posibles desviaciones anuales que se produzcan en el porcentaje de premios pagados del Cupón y de otras modalidades de lotería de las que la ONCE es titular, revisando periódicamente su funcionamiento.