Artículo 89. Objetivos de la planificación.
Artículo 89 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. · BOE-A-2023-16066
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-14.
Texto consolidado
1. La planificación de los recursos humanos tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficiencia y eficacia en la acción pública, en la prestación de los servicios y en la utilización de los recursos económicos, personales, materiales y tecnológicos disponibles, mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, gestión, formación, motivación, promoción profesional y movilidad.
2. Son instrumentos de planificación del empleo público los planes de ordenación de recursos humanos, la oferta de empleo público o instrumento similar y los registros de personal.