Artículo 89. Ámbito organizativo-competicional.
Artículo 89 de la Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. · BOE-A-2012-5596
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-14.
Texto consolidado
La competencia en materia organizativo-competicional se extiende al conocimiento de los actos u omisiones que realicen los organizadores de las competiciones oficiales en el desarrollo de su función y que no tengan reflejo en el régimen disciplinario deportivo.