Artículo 88. Plazos.
Artículo 88 del Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General. · BOE-A-2025-9151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-11.
Texto consolidado
La obligación de resolver y los efectos de la falta de resolución expresa, se regirán por las disposiciones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si bien se establece que el plazo máximo para notificar la resolución expresa del procedimiento será de seis meses.