Artículo 88. Plan de implantación de la accesibilidad en los medios de transporte.
Artículo 88 de la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos. · BOE-A-2022-22470
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-16.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el ámbito de sus competencias, mantendrá en su planificación sobre el transporte o movilidad sostenible las previsiones sobre accesibilidad universal de los medios de transporte destinados al transporte público de viajeros y viajeras.
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