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Ley Vigente

Artículo 88. Aprobación del gasto.

Artículo 88 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura. · BOE-A-2007-10666

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-08-28.

Texto consolidado

1. La aprobación es el acto mediante el cual se autoriza la realización de un gasto determinado por una cuantía cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o parte de un crédito presupuestario.

2. La aprobación inicia el procedimiento de ejecución del gasto, sin que implique relaciones con terceros ajenos a la Hacienda Pública autonómica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-08-28.

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