Artículo 88. Contenido del Plan Integral de atención a la infancia y la adolescencia.
Artículo 88 de la Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón. · BOE-A-2001-15557
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-09.
Texto consolidado
El Plan Integral de atención a la infancia y la adolescencia contemplará en su redacción, al menos, los siguientes extremos:
a) Análisis de la situación de la infancia y la adolescencia en la Comunidad Autónoma de Aragón.
b) Objetivos generales y específicos por áreas de intervención y actividades para la consecución de los mismos.
c) Criterios básicos de actuación.
d) Programas y calendario de actuaciones.
e) Ordenación de los recursos asistenciales y descripción de las funciones de los mismos.
f) Mecanismos de coordinación entre las distintas Administraciones públicas, entidades ciudadanas e instituciones privadas que desarrollen actuaciones en materia de infancia y adolescencia.
g) Indicadores de seguimiento, control y evaluación.
h) Proyección presupuestaria del Plan.