Artículo 88. Clases de suelo.
Artículo 88 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo. · BOE-A-2017-12907
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-01.
Texto consolidado
A los efectos de esta ley foral, el suelo se clasificará en urbano, urbanizable o no urbanizable.