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Orden Vigente

Artículo 87. Resolución y pago de las ayudas.

Artículo 87 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. · BOE-A-2009-16839

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-25.

Texto consolidado

1. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses desde la presentación de la solicitud. En caso de solicitud conjunta, la resolución reflejará las empresas productoras beneficiarias de las ayudas, el presupuesto a ejecutar por cada una de ellas y la cuantía que se concede a cada beneficiario.

2. La ayuda se hará efectiva mediante un único pago tras la resolución de concesión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-25.

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