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Ley Vigente

Artículo 87. Convocatorias.

Artículo 87 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. · BOE-A-2015-4620

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-14.

Texto consolidado

1. Las convocatorias de las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno local o de las Comisiones se notificarán, además de a los miembros natos de esos órganos, a la persona titular de la Intervención General y a los titulares de órganos directivos que deban comparecer en aquellos para informar de algún asunto incluido en el orden del día de la correspondiente sesión.

2. A la persona titular de la Secretaría General se le tendrá por notificada de todas las convocatorias de órganos colegiados de los que forma parte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-14.

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