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Ley Vigente

Artículo 87. Especialidades del procedimiento administrativo sancionador.

Artículo 87 de la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias. · BOE-A-2023-2941

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-31.

Texto consolidado

1. La potestad sancionadora por la comisión de las infracciones previstas en esta ley se ejercerá siguiendo el procedimiento establecido al efecto por la legislación básica del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y con las especialidades contenidas en los siguientes apartados.

2. Cuando el inicio del procedimiento sancionador derive del previo ejercicio de la función inspectora, todas las actuaciones realizadas deberán formar parte del mismo expediente y relacionarse sucintamente en el acuerdo de inicio que se notifique al presunto responsable.

3. Cuando la apertura de expediente derive de una petición razonada de otros órganos o de una denuncia, los servicios de inspección podrán realizar actuaciones previas orientadas a precisar todos los elementos necesarios para motivar el posterior inicio del procedimiento sancionador. Todas estas actuaciones previas deberán formar parte del mismo expediente que el procedimiento sancionador y deberán relacionarse sucintamente en el acuerdo de inicio que se notifique a la persona presuntamente responsable.

4. Las medidas provisionales que puedan adoptarse antes del inicio del procedimiento deberán sustentarse en una mínima y precisa labor instructora que permita valorar los requisitos establecidos en la legislación básica del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5. La resolución del procedimiento sancionador deberá ser notificada dentro del plazo de un año desde la incoación del procedimiento. El incumplimiento de este plazo determinará la caducidad del procedimiento, que deberá ser notificada a todas las personas que consten en este como interesadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-31.

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