Artículo 86. Marco de la ejecución.
Artículo 86 de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia. · BOE-A-2011-13120
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-13.
Texto consolidado
1. La ejecución material de las medidas impuestas por los juzgados de menores se llevará a cabo de acuerdo con lo que disponga sobre su contenido, duración y objetivos la correspondiente resolución judicial y en la forma prescrita por la legislación vigente.
2. Dicha ejecución podrá verse complementada con el desarrollo de actuaciones de intervención en el medio familiar dirigidas a asegurar la adecuada integración en el mismo de la o el menor.