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Ley Vigente

Artículo 86. Prestaciones Patrimoniales de carácter público de «Aena Aeropuertos, S.A.»

Artículo 86 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014. · BOE-A-2013-13616

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

Texto consolidado

Uno. Con efectos de 1 de marzo de 2014 y vigencia indefinida, la cuantía de las prestaciones patrimoniales de carácter público de «Aena Aeropuertos S.A.», establecidas en el Título VI, Capítulos I y II de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, se incrementan en el 0,9 por 100 respecto de las cuantías exigibles en 2013.

No será de aplicación el incremento señalado en el párrafo anterior a la cuantía de la prestación pública PMR, recogida en el apartado 1 del artículo 78 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, cuyo importe se congela y queda por tanto fijado en 0,61 € por pasajero en todos los aeropuertos.

Dos. El importe mínimo a pagar por operación en concepto de aterrizaje y de servicios de tránsito de aeródromo, recogido en el apartado 4 del artículo 75 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, en los aeropuertos de Madrid Barajas, Barcelona El Prat, Alicante, Gran Canaria, Málaga Costa del Sol, Palma de Mallorca y Tenerife Sur se actualizará conforme a lo recogido en el apartado Uno.

Para el resto de Aeropuertos el mínimo a pagar por operación en concepto de aterrizaje y de servicios de tránsito de aeródromo, que se regula en el apartado 4 del artículo 75 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, quedará fijado a partir del 1 de marzo de 2014, y con vigencia indefinida, en las siguientes cuantías:

Aeropuerto

Importe mínimo por operación-aterrizaje

Euros

Importe mínimo por operación-servicios tránsito de aeródromo

Euros

Bilbao, Fuerteventura, Girona, Ibiza, Lanzarote, Menorca, Santiago, Sevilla, Tenerife Norte y Valencia.

14,66

7,84

A Coruña, Almería, Asturias, FGL Granada-Jaén, Jerez, La Palma, Murcia-San Javier, Reus, Santander, Vigo y Zaragoza.

10,82

6,18

Albacete, Algeciras, Badajoz, Burgos, Ceuta, Córdoba, Cuatro Vientos, Hierro, Huesca-Pirineos, La Gomera, León, Logroño, Melilla, Pamplona, Sabadell, Salamanca, San Sebastián, Son Bonet, Valladolid, Vitoria y resto de aeropuertos gestionados por Aena Aeropuertos S.A.

5,86

4,31

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

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