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Ley Vigente

Artículo 86. Órganos competentes.

Artículo 86 de la Ley 2/2000, de 23 de junio, de Cajas de Ahorro. · BOE-A-2000-15424

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-07.

Texto consolidado

1. Las competencias para la instrucción de expedientes sancionadores corresponderán a la Consejería de Hacienda, al Banco de España y al Ministerio de Hacienda.

2. La imposición de sanciones por infracción leves y graves corresponderá a la Consejería de Hacienda. La imposición de sanciones por infracciones muy graves corresponderá al Consejo de Gobierno.

3. La propuesta de resolución de los expedientes se someterá a informe por el Banco de España cuando se trate de infracciones graves o muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-07-07.

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