Artículo 86. Información de los resultados provisionales.
Artículo 86 de la Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos. · BOE-A-2019-5581
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-08.
Texto consolidado
1. La autoridad convocante, una vez cerradas las mesas de consulta, tan pronto como sea posible, informará del resultado de la votación telemática, como mínimo a través del web institucional.
2. A medida que vayan llegando los resultados provisionales de voto presencial desde las distintas mesas de consulta, se irá también informando a través del web institucional, como mínimo.