Artículo 86. Información al consumidor.
Artículo 86 de la Ley 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria. · BOE-A-2021-8105
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-22.
Texto consolidado
1. Los mercados mayoristas y minoristas, las grandes superficies, los comercios y pescaderías y, en general, todos los establecimientos que vendan productos de la pesca, del marisqueo y de la acuicultura deberán proporcionar al comprador información suficiente, en las condiciones legalmente establecidas.
2. Asimismo deberán figurar en forma y lugar visible las dimensiones mínimas reglamentarias de las especies expuestas para la venta.
3. Los establecimientos públicos de consumo de pescado y marisco deberán tener a disposición de los consumidores información sobre los aspectos referidos en los apartados anteriores.