Artículo 86. Elección y mandato.
Artículo 86 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909
Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Rector será elegido por la comunidad universitaria, mediante elección directa y sufragio universal libre y secreto entre los Catedráticos de Universidad, en activo, que presten servicios en la Universidad de Valladolid. Su mandato tendrá una duración de cuatro años, pudiendo ser reelegido por una sola vez consecutiva.