Artículo 85. Sanciones.
Artículo 85 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español. · BOE-A-2018-15056
Atención: Real Decreto 1363/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el caso de que un viticultor no ejecute la cosecha en verde en las parcelas aprobadas, será considerado infracción leve según lo previsto en el artículo 38.1.g) de la Ley 24/2003, de 10 de julio, y será sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 42.1 de la citada ley, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.