Artículo 85.
Artículo 85 del Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1981-14095
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-07-23.
Texto consolidado
A los internos conducidos se les proporcionará por el Establecimiento racionado en frío o, en su defecto, su importe en metálico.