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Ley Vigente

Artículo 85. Procedimiento sancionador.

Artículo 85 de la Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. · BOE-A-2024-15102

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-09-27.

Texto consolidado

1. El procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora será el previsto en la normativa en materia de procedimiento administrativo.

2. El órgano competente para incoar el procedimiento para la imposición de las sanciones previstas en esta ley podrá acordar las medidas provisionales previstas en el artículo 56 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-09-27.

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