Artículo 85. Pastos, caza, setas, frutos, plantas aromáticas y medicinales, corchos, resinas y otros productos forestales.
Artículo 85 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia. · BOE-A-2012-11414
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-12.
Texto consolidado
Las personas propietarias de montes tienen derecho al acotamiento de sus propiedades orientado a la viabilidad y mejor aprovechamiento de pastos, cinegético, de setas, castañas y otros frutos, plantas aromáticas o medicinales, corchos, resinas y otros productos que pudieran constituir una fuente de rentas para el propietario, en las condiciones que se determinen mediante orden de la consejería competente en materia de montes.