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Ley Derogada

Artículo 85. Municipios de más de 500.000 habitantes.

Artículo 85 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-18545

Atención: Ley 6/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las competencias y funciones en materia de protección de menores desamparados podrán ser delegadas por la Comunidad Autónoma, a los municipios de más de 500.000 habitantes, con las limitaciones y condiciones que se establezcan reglamentariamente.

En todo caso, será función de la Comunidad la promoción del acogimiento familiar judicial y de la adopción, así como la regulación, control y seguimiento de las instituciones de integración familiar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-04-07.

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