El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 85. Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados.

Artículo 85 de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002. · BOE-A-2001-24964

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

Texto consolidado

Si a partir de 1 de enero del año 2002 se efectúan nuevas transferencias de servicios a las Comunidades Autónomas, los créditos correspondientes a su coste efectivo se situarán en la Sección 32 «Transferencias a Comunidades Autónomas por coste de los servicios asumidos» en conceptos específicos que serán determinados en su momento por la Dirección General de Presupuestos.

A estos efectos, los Reales Decretos que aprueben las nuevas transferencias de servicios contendrán como mínimo los siguientes extremos:

a) Fecha en que la Comunidad Autónoma debe asumir efectivamente la gestión del servicio transferido.

b) La financiación anual, en pesetas del ejercicio 2002, desglosada en los diferentes capítulos de gasto que comprenda.

c) La financiación, en pesetas del ejercicio 2002, que corresponda desde la fecha fijada en la letra a) hasta el 31 de diciembre del año 2002, desglosada en los distintos conceptos presupuestarios que comprenda.

d) La valoración definitiva en pesetas del año base, correspondiente al coste efectivo anual del mismo, a efectos de la revisión del valor del Fondo de suficiencia de la Comunidad Autónoma que corresponde prevista en el Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común aprobado por el Consejo de Política Fiscal y Financiera de 27 de julio de 2001.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

Más artículos de Ley 23/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 23/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.