El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 84. Régimen económico y presupuestario de los Colegios de la Abogacía.

Artículo 84 del Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española. · BOE-A-2021-4568

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-01.

Texto consolidado

1. El ejercicio económico de los Colegios de la Abogacía coincidirá con el año natural, salvo que sus Estatutos particulares establezcan otra cosa. Su funcionamiento se ajustará al régimen de presupuesto anual y su contabilidad se ajustará a los principios contables generalmente aceptados.

2. Todos los colegiados podrán examinar las cuentas del Colegio durante los quince días hábiles anteriores a la fecha de celebración de la Junta General u órgano que haya de aprobarlas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-01.

Más artículos de Real Decreto 135/2021

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 135/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.