Artículo 84. Resoluciones dictadas en materia de expedientes disciplinarios.
Artículo 84 de la Orden APM/111/2018, de 25 de enero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Cava". · BOE-A-2018-1853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-11.
Texto consolidado
1. Contra las resoluciones que dicte el Presidente del Consejo Regulador en materia de expedientes disciplinarios, se podrá interponer recurso ante el Pleno en el plazo máximo de quince días.
2. Contra los acuerdos que adopte el Pleno en materia de expedientes disciplinarios podrán interponerse cuantas acciones procedan en Derecho ante los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional civil.