Artículo 84. Actuaciones para la promoción del derecho al medioambiente.
Artículo 84 de la Ley 2/2024, de 15 de febrero, de Infancia y Adolescencia. · BOE-A-2024-4784
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-29.
Texto consolidado
Las administraciones públicas vascas desarrollarán actuaciones de promoción orientadas a los siguientes fines:
a) Proteger adecuadamente el medioambiente, conservarlo y mejorarlo, desde un enfoque de desarrollo sostenible.
b) Favorecer el respeto y el conocimiento de la naturaleza entre las personas menores y, en particular, organizar, con esa finalidad, visitas y rutas programadas para conocer la diversidad del entorno natural y rural.
c) Diseñar e implementar programas de formación participativos sobre la minimización, reciclaje y tratamiento de residuos, el uso responsable y sostenible de los recursos naturales, la eficiencia energética y la adquisición de hábitos positivos de consumo responsable para la conservación del medioambiente.
d) Desarrollar campañas de divulgación con el fin de informar, sensibilizar e implicar al conjunto de la sociedad en general, y a las personas menores en particular, en la lucha contra el cambio climático.