Artículo 84. Modalidades de la Deuda Pública Regional.
Artículo 84 del Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia. · BORM-s-2000-90008
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-03-02.
Texto consolidado
El endeudamiento de la Administración Pública Regional y sus organismos autónomos adoptará alguna de las siguientes modalidades:
a) Operaciones de crédito concertadas con personas físicas o jurídicas.
b) Empréstitos emitidos para suscripción pública en el mercado de capitales y representados en títulos valores, anotaciones en cuenta, o cualquier otro documento que formalmente los reconozca.
c) Cualquier otra apelación al crédito público o privado.