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Real Decreto Vigente

Artículo 83. Naturaleza, objeto y adscripción.

Artículo 83 del Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. · BOE-A-2010-3904

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-01.

Texto consolidado

1. El Observatorio de la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte es un órgano de carácter consultivo cuyo objeto es desarrollar funciones de estudio, análisis, propuesta y seguimiento en materia de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, de acuerdo con lo dispuesto la letra d) del artículo 16 de la Ley 19/2007, de 11 de julio.

2. El Observatorio se adscribe orgánicamente al Consejo Superior de Deportes, a través de la Dirección General de Deportes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-07-01.

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