Artículo 83. Régimen económico de los Colegios.
Artículo 83 del Real Decreto 126/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española. · BOE-A-2013-2607
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-10.
Texto consolidado
La economía de los Colegios es independiente de la del Consejo General y de la de los Consejos de Colegios de las comunidades autónomas, por lo que cada Colegio será autónomo en la gestión y administración de sus bienes, sin perjuicio de que deba contribuir al sostenimiento de dichas Corporaciones, tal y como se señala en la vigente legislación de Colegios Profesionales, en los presentes Estatutos Generales y en el resto del ordenamiento jurídico.