Artículo 83. Comercialización de ejemplares de especies amenazadas.
Artículo 83 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza. · BOE-A-1999-16378
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-07-02.
Texto consolidado
Para la autorización excepcional según el artículo 66 del comercio de ejemplares de especies amenazadas será requisito necesario que se acredite su origen legal.