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Ley Vigente

Artículo 83. Competencia.

Artículo 83 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears. · BOE-A-2006-17875

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-09-22.

Texto consolidado

1. La evaluación ambiental estratégica de planes o programas corresponde, en los términos que se disponen en este título, al órgano promotor competente para la preparación, la elaboración, la tramitación y, en su caso, la aprobación y el seguimiento del plan o programa, en colaboración con el órgano ambiental.

2. En los casos de planes y programas urbanísticos de iniciativa particular, la persona física o jurídica que tiene la iniciativa colaborará con el órgano promotor durante la tramitación de la evaluación ambiental estratégica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-09-22.

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