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Decreto Vigente

Artículo 83.

Artículo 83 del Decreto 1256/1969, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras. · BOE-A-1969-774

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-07-15.

Texto consolidado

En el caso de que la citada Comisión Mixta de la Hermandad Sindical no llegase a conciliar los puntos de vista de los reclamantes, enviará a la Junta Provincial de Fomento Pecuario la «Propuesta de tasación» junto con las reclamaciones presentadas y no atendidas, debidamente informadas, comunicando a los interesados que se podrán dirigir, en el plazo de diez días, a la expresada Junta Provincial para ratificarse en las mismas, pues de no hacerlo se les tendrá por desistidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1969-07-15.

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