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Ley Foral Vigente

Artículo 82. Prescripción de sanciones.

Artículo 82 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra. · BOE-A-2007-8581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-24.

Texto consolidado

Las sanciones administrativas impuestas por infracciones viarias prescribirán las muy graves a los tres años, las graves a los dos y las leves al año. El respectivo plazo se contará desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se imponga la sanción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-24.

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