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Ley Vigente

Artículo 82. Naturaleza y régimen de aplicación.

Artículo 82 de la Ley 3/2022, de 18 de octubre, de áreas empresariales de Galicia. · BOE-A-2022-18601

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-10.

Texto consolidado

1. Las personas propietarias de parcelas de áreas empresariales podrán participar en la conservación, mantenimiento, gestión y modernización de las infraestructuras, equipamientos y servicios incluidos en el ámbito correspondiente mediante la creación de entidades de conservación, gestión y modernización, aun en caso de que estas no estuviesen previstas en el planeamiento de aplicación.

2. Las entidades de conservación, gestión y modernización son entidades de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, que se entenderá adquirida a partir del momento de su efectiva constitución.

3. Las entidades de conservación, gestión y modernización se rigen por lo previsto en sus estatutos y por lo dispuesto en esta sección, siendo de aplicación supletoria la regulación de las entidades urbanísticas de conservación contenida en la normativa urbanística.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-11-10.

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