Artículo 82.
Artículo 82 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021. · BOE-A-2021-1859
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
Se modifican el apartado 1 del artículo 37, el apartado 2 del artículo 10, el apartado 5 del artículo 19 y el apartado 4 del artículo 41 de la Ley 24/2018, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de Mediación de la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:
«Artículo 10.
Punto 2.
Se suprime el inciso inicial: Con carácter general.»
«Artículo 37. Acta final de la mediación y contenido y validez de los acuerdos.
1. Cuando concluya el procedimiento de mediación se levantará un acta final, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8.»
«Artículo 19.
Punto 5.
El punto 5 queda redactado como sigue:
"5. El Registro contará con diversas secciones y serán de naturaleza homóloga a la del resto de registros señalado en el apartado 6 de este artículo. Cada persona o entidad mediadora estará inscrita en la sección que corresponda."»
«Artículo 41.
Punto 4.
Se suprime el inciso final: excepto en aquellos casos en que el inicio de una nueva mediación pueda favorecer a las personas beneficiarias del derecho a la asistencia jurídica gratuita.»