Artículo 82. Objeto del sistema de reeducación de menores.
Artículo 82 de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia. · BOE-A-2011-13120
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-13.
Texto consolidado
1. El sistema de reeducación de menores tendrá por objeto la ejecución de las medidas judiciales impuestas por los juzgados de menores a través de programas de intervención que favorezcan el desarrollo integral y la inserción familiar, social y laboral de la o el menor infractor.
2. Para la consecución de este objetivo la Xunta de Galicia realizará las actuaciones preventivas necesarias para eliminar los factores de riesgo que llevan a la marginación y la delincuencia y creará o promoverá aquellos servicios y programas que contribuyan a la adecuada socialización de la o el menor y que incidan en su formación, empleo, ocio, promoción ocupacional y convivencia tanto en el medio social como familiar.