Artículo 82. Voluntariado.
Artículo 82 de la Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias. · BOE-A-2016-4170
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-14.
Texto consolidado
Las administraciones públicas fomentarán el voluntariado que colabore en las tareas de prestación de servicios de promoción de la salud, así como de prevención, asistencia e inclusión de personas con problemas por consumos de drogas y conductas adictivas.