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Real Decreto Derogada

Artículo 81. Requisitos individuales a filiales importantes.

Artículo 81 del Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras. · BOE-A-2008-2823

Atención: Real Decreto 216/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las empresas de servicios de inversión españolas filiales importantes de empresas de servicios de inversión matrices de la Unión Europea, o de sociedades financieras de cartera matrices de la Unión Europea, deberán proporcionar, de forma individual:

i) información sobre recursos propios de la empresa de servicios financieros; e,

ii) información sobre el cumplimiento de los requerimientos de recursos propios por la empresa de servicios financieros y sobre su procedimiento de evaluación de la adecuación del capital interno.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores establecerá los criterios necesarios para considerar que una filial es importante.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-02-17.

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