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Ley Vigente

Artículo 81. Garantías en el cumplimiento de la obligación de información previa.

Artículo 81 de la Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2019-6772

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-01.

Texto consolidado

A elección de la empresa prestadora del servicio, se garantizará que los datos previstos en el artículo anterior:

a) Sean comunicados por la empresa prestadora directamente.

b) Sean de fácil acceso para la persona destinataria en el lugar de prestación o celebración del contrato.

c) Sean de fácil acceso para la persona destinataria por vía electrónica a través de una dirección comunicada por la empresa prestadora.

d) Figuren en todo documento informativo de la empresa prestadora que se facilite al destinatario y en el cual se presenten de forma detallada sus servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-01.

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