Artículo 81. Actualización.
Artículo 81 del Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña. · DOGC-f-2003-90016
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-01.
Texto consolidado
Los valores base por unidad de volumen, el valor de la unidad de contaminación, los coeficientes y las fórmulas para determinarlos y la cifra o la cuantía de cualquier otro elemento de cuantificación del tributo deben modificarse mediante las leyes de presupuestos de la Generalidad o mediante la modificación de esta ley.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en DOGC núm. 6565, de 19 de febrero de 2014 y BOE núm. 69, de 21 de marzo de 2014. Ref. BOE-A-2014-3003.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-5569.
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