Artículo 80. Medios personales.
Artículo 80 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. · BOE-A-2015-4620
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-14.
Texto consolidado
Los consorcios solo utilizarán los medios personales que hayan sido cedidos por las entidades consorciadas.