Artículo 80. Modificación del artículo 223 del texto refundido de la Ley de urbanismo.
Artículo 80 de la Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto. · BOE-A-2012-3414
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-01.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 223 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 223. Vinculación de las multas impuestas a los patrimonios públicos de suelo y de vivienda.
Las administraciones han de destinar al respectivo patrimonio público de suelo y de vivienda los ingresos obtenidos de las multas que impongan en el ejercicio de la potestad sancionadora que establece la presente ley.»
Más artículos de Ley 3/2012
- ← Artículo 79. Modificación del artículo 222 del texto refundido de la Ley de urbanismo.
- → Artículo 81. Modificación del artículo 227 del texto refundido de la Ley de urbanismo.
- Ver la norma completa: Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto.