Artículo 80. Competencias sancionadoras del Consejo General de Arán.
Artículo 80 de la Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública. · BOE-A-2009-18178
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-31.
Texto consolidado
1. El síndico o síndica del Consejo General de Arán es competente para imponer sanciones de hasta 300.000 euros, en ejercicio de las funciones que la presente ley asigna a la Agencia de Salud Pública de Cataluña.
2. Los expedientes sancionadores incoados e instruidos por los órganos sanitarios del Consejo General de Arán en ejercicio de las funciones que la presente ley asigna a la Agencia de Salud Pública de Cataluña de acuerdo con cuya propuesta de resolución corresponda imponer una sanción superior a 300.000 euros deben trasladarse al órgano competente en función de la cuantía para que los resuelva.